España, líder mundial en donación de órganos, ratificó en Estrasburgo el convenio de Santiago de Compostela sobre la lucha contra el tráfico de órganos y el turismo de trasplante, abierto para firma en la ciudad gallega desde el año 2015.
Con esta nueva ratificación, España que, además, encabeza desde hace años la lucha contra este delito ante la comunidad internacional, continúa desarrollando al marco jurídico del Consejo de Europa acorde con su compromiso con esta organización de referencia en materia de derechos humanos.
España fue, junto a otros 14 países, uno de los primeros firmantes y jugó un papel decisivo en la elaboración del documento, el cual se elaboró en respuesta a un Estudio promovido conjuntamente por el Consejo de Europa y Naciones Unidas del que fue autora la Organización Nacional de Trasplantes (ONT) y donde se concluía la necesidad de desarrollar un tratado internacional diseñado para combatir el tráfico de órganos.
El Convenio obliga a los estados a tipificar como delito la extracción ilícita de órganos humanos y su uso para trasplantes o para otros fines, y otras acciones relacionadas. La extracción ilícita de órganos se define como aquella en la que media la compra-venta o en la que no se garantiza el consentimiento válido del donante vivo o los requisitos de autorización para la obtención de órganos de donantes fallecidos que marca la legislación nacional.
El documento, además, incluye medidas para la protección de las víctimas y para la prevención del delito, como la necesidad de asegurar la transparencia de los sistemas nacionales de trasplante y el acceso equitativo a esta terapia. También incluye disposiciones para el fomento de la cooperación internacional y representa la oportunidad de lograr una acción concertada a nivel mundial mediante la armonización de las legislaciones nacionales.
La ratificación de este Convenio por parte está precedida de la modificación del Código Penal español en 2019. Nuestro Código Penal, en su artículo 156 bis, tipifica el tráfico de órganos como delito y se alinea con las disposiciones del Convenio de Santiago de Compostela. Recoge que “el tráfico de órganos humanos será castigado con la pena de prisión de seis a doce años tratándose del órgano de una persona viva y de prisión de tres a seis años tratándose del órgano de una persona fallecida”.
Cada año se realizan entre 140.000 y 150.000 trasplantes en el mundo, de acuerdo con los datos que gestiona la ONT por designación de la Organización Mundial de la Salud (OMS). La OMS calcula que entre un 5 y un 10 por ciento de estos trasplantes resultan del tráfico de órganos. Este delito ocurre normalmente en el contexto del turismo de trasplante, en el que pacientes de países ricos o con minorías ricas se trasplantan en países en vías de desarrollo con órganos ilícitamente extraídos de los sectores más vulnerables de la población. Pero ningún país está libre del tráfico de órganos. Es un problema de dimensión global que viola derechos humanos fundamentales y supone una grave amenaza para la salud individual y para la salud pública.
España está implicado desde hace tiempo en numerosas iniciativas internacionales para combatir esta forma de esclavitud del siglo XXI. A través de un sólido programa de cooperación internacional, la ONT colabora con países de los cinco continentes difundiendo el Modelo Español de Donación y Trasplante, su fórmula de éxito para asegurar el acceso de los pacientes a la terapia del trasplante y, por ende, para abordar la causa raíz del tráfico de órganos.
También ha participado en el desarrollo de documentos clave en la lucha internacional contra este delito, como la Resolución de Madrid para el logro de la autosuficiencia en trasplante, la Declaración de Estambul sobre el tráfico de órganos y el turismo de trasplante, la Resolución 73/189 de Naciones Unidas para reforzar y promover medidas efectivas y la Declaración sobre la Responsabilidad de los médicos en la prevención y la lucha contra los delitos relacionados con los trasplantes, recientemente adoptada por la Asamblea Médica Mundial.